La Comisión Directiva de la Asociación de Abogados de Buenos Aires se ha abocado al estudio de la cuestión relativa a la detención preventiva de que es objeto la ciudadana Milagro Sala dispuesta por la Justicia Ordinaria de la Provincia de Jujuy. Para ello ha analizado la Opinión Nro 31 /2016 del Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria de la ONU así como también el informe del Fiscal de Estado de la Provincia de Jujuy emitido con posterioridad a la emisión de la Opinión citada.
Para emitir la presente resolución la CD ha tenido especialmente en cuenta los dictámenes emitidos por las Comisiones de Derechos Humanos y de Derecho Internacional, así como también el del Instituto de Teoría Política y Derecho Constitucional de esta Institución.
En razón de lo reseñado, la CD de la AABA, por unanimidad RESUELVE:
Manifestar su preocupación por la situación de detención de la ciudadana MILAGRO SALA y solicitar al Estado Federal Argentino y al Estado Provincial de Jujuy que atiendan las conclusiones a las que arribara el Grupo de Trabajo sobre Detención Arbitraria dependiente del Consejo de Derechos Humanos de la ONU mediante la Opinión N° 31/2016 en orden a que en el futuro no se encuentre comprometida la responsabilidad internacional del Estado argentino.
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 23 de noviembre de 2016.-

2016-28_detencion_de_milagro_sala_lgf.pdf |