2016-02
15-03-2016
Declaración de la
Asociación de Abogados de Buenos Aires
En el Día Mundial del Consumidor - 15 de marzo
En el día mundial del consumidor, instituido por la Organización de las Naciones Unidas en 1983, la Asociación de Abogados de Buenos Aires:
Se pronuncia por una celebración activa de la sociedad, del estado a todos sus niveles, y de las organizaciones sociales en la preocupación permanente por la vigencia y defensa de los derechos humanos fundamentales involucrados en la relación de consumo y el derecho de acceso al consumo como indicador de la calidad de vida de una comunidad. Para que esa calidad de vida se corresponda con el respeto a la dignidad humana, se hace necesario que las decisiones públicas en materia económica tengan en cuenta que el consumo es un medio de satisfacción de las necesidades básicas de los ciudadanos.
Señala la expectativa generada al respecto del cumplimiento por parte de los poderes públicos de los deberes constitucionales consagrados en el artículo 42 de la Carta Magna, desde que la defensa y protección de los consumidores requiere en todos los ámbitos jurisdiccionales la consolidación, fortalecimiento y jerarquización institucional de las autoridades de aplicación mediante la formulación de políticas activas, coordinadas y concertadas con la necesaria participación de las organizaciones sociales entidades académicas y de la abogacía organizada, además de la especialización, capacitación y estabilidad de sus agentes.
Entiende que incumbe también a las empresas prevenir los conflictos en la inteligencia que el respeto a la normativa es una herramienta de responsabilidad social empresaria, y a los consumidores la conciencia y exigencia de sus derechos.
Finalmente, se manifiesta por clarificar la situación, jurisdicción y funcionamiento de las instancias administrativas y judiciales creadas por la Ley 26.993 mediante una razonada implementación de recursos humanos y técnicos, en la creencia que las garantías y mecanismos eficaces para conflictos de consumo son un elemento inseparable para la defensa de estos valores.
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 15 de marzo de 2016.
Guillermo L. Goldstein Alejandro Carlos Gómez
Secretario General Presidente
15-03-2016
Declaración de la
Asociación de Abogados de Buenos Aires
En el Día Mundial del Consumidor - 15 de marzo
En el día mundial del consumidor, instituido por la Organización de las Naciones Unidas en 1983, la Asociación de Abogados de Buenos Aires:
Se pronuncia por una celebración activa de la sociedad, del estado a todos sus niveles, y de las organizaciones sociales en la preocupación permanente por la vigencia y defensa de los derechos humanos fundamentales involucrados en la relación de consumo y el derecho de acceso al consumo como indicador de la calidad de vida de una comunidad. Para que esa calidad de vida se corresponda con el respeto a la dignidad humana, se hace necesario que las decisiones públicas en materia económica tengan en cuenta que el consumo es un medio de satisfacción de las necesidades básicas de los ciudadanos.
Señala la expectativa generada al respecto del cumplimiento por parte de los poderes públicos de los deberes constitucionales consagrados en el artículo 42 de la Carta Magna, desde que la defensa y protección de los consumidores requiere en todos los ámbitos jurisdiccionales la consolidación, fortalecimiento y jerarquización institucional de las autoridades de aplicación mediante la formulación de políticas activas, coordinadas y concertadas con la necesaria participación de las organizaciones sociales entidades académicas y de la abogacía organizada, además de la especialización, capacitación y estabilidad de sus agentes.
Entiende que incumbe también a las empresas prevenir los conflictos en la inteligencia que el respeto a la normativa es una herramienta de responsabilidad social empresaria, y a los consumidores la conciencia y exigencia de sus derechos.
Finalmente, se manifiesta por clarificar la situación, jurisdicción y funcionamiento de las instancias administrativas y judiciales creadas por la Ley 26.993 mediante una razonada implementación de recursos humanos y técnicos, en la creencia que las garantías y mecanismos eficaces para conflictos de consumo son un elemento inseparable para la defensa de estos valores.
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 15 de marzo de 2016.
Guillermo L. Goldstein Alejandro Carlos Gómez
Secretario General Presidente