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¿Una nueva estafa a la clase pasiva?

1/6/2018

4 Comentarios

 
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La ANSES emitió la Resolución 56/18, por la que dispone que se recalculen los haberes previsionales otorgados antes de agosto de 2016. La pauta para el recálculo es la misma que  fijó el Congreso para el Programa Nacional de Reparación Histórica para Jubilados y Pensionados en la Ley 27.260, cuya adhesión es voluntaria y en muchos casos implica renunciar a derechos, porque el cálculo arroja haberes inferiores a los que resultarían de continuar el juicio para que se aplique el criterio de la Corte Suprema del fallo “Elliff”.
 
Ante esta situación que afecta a la clase pasiva, la AABA insta a la ANSES a mantener su actuación en el ámbito de sus competencias, y a la Corte Suprema de Justicia de la Nación y tribunales competentes en la materia previsional a resolver los reclamos judiciales de reajuste de haberes de acuerdo al régimen legal vigente al momento de constituirse el derecho previsional de los beneficiarios.
 
Fundamento:
Es positivo que ANSES, a través de la Resolución 56/18, disponga hacer lo que siempre debió haber hecho el Estado: corregir errores del pasado y recomponer, aunque sea parcialmente, derechos vulnerados sin solicitar a cambio el desistimiento de derechos y acciones, como sucede en la reparación histórica.
 
Pero lo que es inadmisible, y muestra la verdadera intención de la norma, es que, a más de 50 días de su dictado, ANSES no haya hecho ni un sólo recálculo de prestaciones previsionales y, en cambio, lo haya presentado como defensa en todas las causas judiciales.
 
Puede inferirse de ello que la verdadera finalidad de la resolución no es que ANSES recalcule haberes como autoridad de aplicación, sino influir engañosamente en las decisiones de los jueces, apelando a su doble condición de órgano de aplicación y parte en el juicio, en los casos de los jubilados y pensionados que no aceptaron la reparación histórica y decidieron continuar con los reclamos judiciales.
 
El jubilado encuentra un callejón sin salida: o acepta lo que ANSES le ofrece por reparación histórica, u obtiene el mismo resultado luego de varios años de litigar, si decidiera seguir con el juicio.
 
Se pone en crisis la institucionalidad cuando el Poder Ejecutivo en la persona de ANSES:
·       Invade la esfera del Poder Judicial sugiriéndole el contenido de las sentencias
·       Usurpa el rol del Poder Legislativo, transformando la opción de celebrar un acuerdo voluntario,  en un resultado obligatorio
·       Vulnera derechos de cientos de miles de jubilados y pensionados, al modificar retroactivamente las condiciones para el reconocimiento de su derecho.
4 Comentarios
Rosana Parrella
4/6/2018 10:19:32 pm

Es vergonzoso. Me sumo como otras veces, al reclamo que impulse la Asociación. Siguen avasallando derechos de los mas vulnerables.

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Alfredo
24/10/2018 06:21:03 pm

Avallasamiento total!!

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Daniel
25/11/2018 02:05:39 pm

Si los Jueces de Cámara de la Seguridad Social aceptan este disparate jurídico de ANSES (aplicando una norma con carácter retroactivo) a ciento de miles de juicios iniciados muchos años antes de la Resolución 56/18, no existe justicia en la República Argentina. De aplicarse, que harán con aquellan liquidaciones de Sentencias donde se aplicó el índice ISBIC?. Tendran que devolver la diferencia de haberes percibidos?

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Adela Luna
27/7/2019 08:51:59 pm

Desde Setiembre 2018 no da cumplimiento art4 SSS Res.56/97 por lo tanto iniciaré ejecución sentencia ANSES estoy padeciendo por su abandonó y corrupción

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